La Pensión de Alimentos en Málaga (o Pensión Alimenticia)
En Derecho de Familia, el derecho de alimentos se define como la facultad jurídica que tiene una persona, denominada alimentista o acreedor alimentario, para solicitar o exigir de otra, denominada deudor alimentario, lo necesario para subsistir, en virtud del parentesco familiar, de la adopción, del matrimonio o del divorcio, y de sus progenitores en determinados […]
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